Sí, es legal monitorear a los empleados durante el horario laboral en Argentina, siempre que el control sea conocido por el trabajador, tenga una finalidad laboral, se haga en equipos de la empresa y respete su dignidad. Fuera de la jornada no corresponde. En teletrabajo, la Ley 27.555 garantiza la desconexión hasta el 31 de diciembre de 2026.
Respuesta corta, punto por punto
- Durante la jornada: sí, con aviso previo y finalidad laboral (Ley de Contrato de Trabajo, arts. 65, 70 y 71).
- En pausas y descansos: conviene no registrar actividad o tratarla solo como pausa.
- Fuera de la jornada y en licencias: no. En teletrabajo, hasta el 31 de diciembre de 2026, la Ley 27.555 prohíbe exigir tareas o enviar comunicaciones fuera de la jornada (art. 5).
- En equipos personales: no corresponde.
Por qué el horario es el límite
La facultad de control es funcional
El artículo 65 de la Ley de Contrato de Trabajo dice que las facultades de dirección se ejercen con carácter funcional, según los fines de la empresa y preservando los derechos personales del trabajador. Fuera de la jornada no hay prestación de trabajo que controlar.
El control debe ser conocido
El artículo 71 exige que los controles relativos a la actividad del trabajador sean conocidos por este. El artículo 70 pide que preserven su dignidad y se apliquen con discreción y de forma general.
Los datos deben ser proporcionados
La Ley 25.326 exige que los datos sean adecuados, pertinentes y no excesivos para su finalidad (art. 4). Registrar actividad fuera del horario rara vez es necesario para una finalidad laboral.
Horario y teletrabajo
- La jornada se pacta por escrito (Ley 27.555, art. 4).
- El software usado para teletrabajar debe respetar la jornada e impedir la conexión fuera de ella (art. 4).
- Derecho a la desconexión: no ser contactado fuera de la jornada ni en licencias, sin sanción (art. 5).
- Según el Decreto 27/2021, si hay distintos husos horarios o una razón objetiva, se admite enviar comunicaciones fuera de horario. Aun así, el trabajador no está obligado a responder hasta el inicio de su jornada, salvo los supuestos del artículo 203 de la Ley de Contrato de Trabajo, y no puede haber incentivos por no desconectarse.
- Prohibición de usar software de vigilancia que viole la intimidad (art. 16) y participación sindical en los sistemas de control (art. 15).
La Ley 27.802 de Modernización Laboral, publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026, deroga la Ley 27.555 a partir del 1 de enero de 2027 (art. 199). Hasta esa fecha sigue rigiendo el régimen especial de teletrabajo; desde entonces, la relación se regirá por la Ley de Contrato de Trabajo, el convenio colectivo aplicable y el contrato de trabajo. Revisá tu política con tu asesoría antes del cambio.
Qué conviene registrar dentro del horario
- Inicio y fin de la actividad frente al horario pactado.
- Pausas e inactividad.
- Aplicaciones y sitios usados para tareas laborales.
- Capturas o grabaciones solo si la finalidad lo justifica, con acceso restringido.
Qué evitar aun dentro del horario
- Cuentas o mensajería personal.
- Cámara o micrófono en el domicilio.
- Registro de pulsaciones sin una finalidad concreta y consultada.
Uso personal de la computadora en horario laboral
La empresa puede fijar reglas sobre el uso de sus equipos y medir el tiempo en sitios ajenos al trabajo. Lo recomendable es medir categorías (productivo, neutral, improductivo) y no leer contenido personal. Cualquier sanción debe ser proporcionada a la falta (Ley de Contrato de Trabajo, art. 67).
Cómo configurarlo con Kickidler
- Cargar el horario de trabajo de cada equipo, para comparar la jornada real con la pactada.
- Revisar la actividad fuera de horario como señal de sobrecarga, no para exigir respuesta.
- Según el fabricante, permite que el empleado active el monitoreo al iniciar su jornada.
- Instalación abierta y permisos por rol.
Lista de control para el horario laboral
- La jornada de cada persona está pactada por escrito.
- La política dice qué se registra, en qué horario, para qué y quién accede.
- Cada empleado recibió la política y hay constancia.
- El monitoreo se hace en equipos y cuentas de la empresa.
- Las pausas y licencias están contempladas.
- Nadie exige respuestas fuera de la jornada.
- En teletrabajo, la herramienta respeta la jornada y la desconexión.
- Los datos se guardan por un plazo definido y luego se eliminan.
- La política tiene fecha de revisión antes del 1 de enero de 2027.
Para el marco legal completo, con qué se puede monitorear y qué no, leé si es legal monitorear empleados en Argentina y con qué reglas. Más dudas en las preguntas frecuentes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo ver qué hace un empleado fuera de su horario?
No corresponde. Fuera de la jornada no hay prestación laboral que controlar, y en teletrabajo rige el derecho a la desconexión.
¿Puedo mandar mensajes de trabajo fuera de horario?
En teletrabajo, hasta el 31 de diciembre de 2026, la Ley 27.555 lo prohíbe como regla. El Decreto 27/2021 admite excepciones por husos horarios o razones objetivas, sin obligación de responder hasta el inicio de la jornada.
¿Hay que avisar aunque sea solo en horario laboral?
Sí. El artículo 71 de la Ley de Contrato de Trabajo exige que el control sea conocido por el trabajador.
¿Qué cambia en 2027?
La Ley 27.802 deroga la Ley 27.555 desde el 1 de enero de 2027. Las reglas generales de la Ley de Contrato de Trabajo y de la Ley 25.326 siguen aplicando.
Fuentes oficiales
- Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, texto actualizado, arts. 65, 67, 70 y 71 (Infoleg).
- Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales, art. 4 (Infoleg).
- Ley 27.555 de Teletrabajo, arts. 4, 5, 15 y 16, y Decreto 27/2021, art. 5 (Infoleg).
- Ley 27.802 de Modernización Laboral, art. 199 (Infoleg).
- Teletrabajo, Ministerio de Capital Humano (argentina.gob.ar).
- Funciones de Kickidler: kickidler.com/es, kickidler.com/es/price.html y kickidler.com/es/for-it/faq (sitio del fabricante).
Todas las fuentes se consultaron el 17 de octubre de 2026.
Esta nota es informativa y no constituye asesoramiento legal. Consultá con un abogado laboralista y revisá el convenio colectivo de tu actividad.


